normativa de drones

Normativa de drones: prohibiciones de su uso

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Email

A la vez que el pilotaje de drones ha crecido en múltiples sectores profesionales lo ha hecho la normativa que restringe su uso. En España nos regimos por el nuevo Real Decreto que amplía la Ley 18/2014 sobre el uso de drones y que entró en vigor el pasado 30 de diciembre. Aunque esta nueva legislación ha incrementado los escenarios operativos de los drones, existen varias prohibiciones en cuanto a su uso.

Nada de volar sin permiso de AESA

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) es quien controla el espacio aéreo. Por tanto, no podemos volar ninguna aeronave no tripulada sin su permiso oficial. Para realizar cualquier actividad, de carácter civil o comercial, debemos contar con su permiso como mínimo cinco jornadas antes del desarrollo del pilotaje. Además, necesitamos un consentimiento especial de AESA si queremos sobrevolar zonas situadas en núcleos urbanos o con un alto nivel de masificación de personas.

Zonas prohibidas para volar drones

Antes del Real Decreto de la Ley 18/2014, el único escenario en el que estaba permitido el pilotaje de drones era el espacio rural alejado de zonas urbanas. El nuevo reglamento sin embargo ha ampliado el abanico de posibilidades a espacios aéreos controlados. Aún así, existen lugares en los que está prohibido el uso de aeronaves no tripuladas o más bien la filmación de imágenes con estos dispositivos. Mientras que sí puedes pilotar drones, no puedes grabar nada en sedes gubernamentales, centrales nucleares, bases militares o cualquier zona que represente un objetivo estratégico por razones de defensa. Ah, ¡y muy importante! Olvídate de volar a menos de 8 kilómetros de los aeropuertos o mientras haya condiciones meteorológicas adversas como lluvia, niebla o viento.

Limitaciones de visión y desplazamiento

Con la ampliación de escenarios, ahora podemos volar drones en zonas urbanas, siempre que el aparato no sobrepase los 120 metros de altura. Está prohibido realizar vuelos nocturnos a no ser que la aeronave pese menos de 2 kilogramos y no supere los 50 metros de altura. En el caso de los drones de menos de 250 gramos, pueden volar en ciudad o sobre edificios y aglomeraciones de gente si no superan los 20 metros de altura.

Además, el radio visual de desplazamiento no puede ser mayor a 100 metros y se debe volar a una distancia de por lo menos 50 metros de edificios o ciudadanos. Esto dificulta el uso de drones para el transporte de mercancías en determinadas zonas. Por su parte, en zonas despobladas no se pueden superar los 500 metros de radio de visión, a no ser que se mantenga el contacto visual, en cuyo caso esta distancia es ampliable sucesivamente.

Documentos para operar con tu dron

¿Eres una empresa que ofrece servicios aéreos con drones? Necesitas contar con un manual de operaciones que cumpla lo estandarizado por el Ministerio del Interior, además de haber realizado un estudio de seguridad previo a las actividades que vayas a desarrollar. Para los profesionales de tu compañía, es imprescindible que cuenten con un carnet oficial de piloto de drones que os permita operar de manera legal.

Deja un comentario